‘Due diligence’, ¿y ahora qué? El ‘no’ de Europa enfría la normativa
La Directiva de Debida Diligencia tiene que hacer responsables a las empresas tanto de su impacto directo como del de su cadena de valor. Después de que los estados miembro no aprobaran ayer la directiva, ¿qué pasará ahora?
29 feb 2024 - 05:00
Europa se atasca con la sostenibilidad. Los estados miembro de la Unión Europa no consiguieron aprobar ayer la Directiva de Debida Diligencia tras los votos en contra de Alemania, Francia e Italia. Ahora, la negativa del Consejo podría retrasar una ley que estaba prevista para principios de año hasta finales de 2024, con un calendario marcado por las elecciones al Parlamento Europeo.
La Directiva de Debida Diligencia, que establecía sanciones y responsabilidad civil a las empresas en materia de sostenibilidad si no se hacían responsables de su impacto medioambiental directo y del de su cadena de valor, ya se había acordado por la Consejo y el Parlamento Europeo a finales de diciembre y tan solo dependía de la votación a favor del mismo Consejo.
El bloqueo en el último momento de tres grandes europeos, sin embargo, ha paralizado la aprobación de la normativa e impedido su entrada en vigor, para la que las empresas ya llevaban varios meses preparándose. Según ha explicado la diputada del Parlamento Europeo Heidi Hautala, el Consejo dispone ahora de tan solo dos semanas para enviar sus propuestas y llegar a un compromiso antes de que el actual hemiciclo ya no sea capaz de aprobarlas antes de las elecciones en junio.
La Directiva de Debida Diligencia establecía sanciones y responsabilidad civil a las empresas en materia de sostenibilidad
“Aplazar la directiva hasta la próxima legislatura pondría en peligro todo el proyecto legislativo -ha advertido Hautala;- y ahora se necesita voluntad política y liderazgo al más alto nivel para desbloquear la situación”.
Desde el Parlamento han asegurado que los líderes políticos de estos países están obedeciendo a los intereses de una minoría de empresas, lo que ha trastocado el funcionamiento que existía entre los organismos de la UE durante años, por el cual tanto el Parlamento como el Consejo llegaban a un acuerdo, como el que aprobaron ambos el pasado diciembre, y las aprobaciones posteriores eran “meras ataduras de cabos”.
Ante la proximidad de las elecciones, durante la rueda de prensa del Parlamento, Hautala pidió ayer a los miembros del Consejo que emitieran sus propuestas lo antes posible para que estas pudieran ser valoradas, a la vez que acusó a los principales líderes políticos de Alemania, Francia e Italia de “postureo político”.
“La Unión Europea necesita mostrar liderazgo en materia de sostenibilidad. Tanto el Parlamento como la Comisión ya lo hemos hecho, y ahora le toca al Consejo”, sentenció Hautala.
La Directiva en la moda
La importancia de la Directiva de Debida Diligencia para la industria de la moda es grande, al ser un sector con una cadena de valor globalizada y con un alto impacto medioambiental. De hecho, a pesar de ser una directiva transversal, contempla excepciones para las empresas de alto impacto como es el textil, el calzado, la construcción o la minería.
En términos generales, la ley establecía la obligación de las empresas a integrar los derechos humanos (trabajo infantil, esclavitud, explotación laboral, etc.) y su impacto medioambiental (contaminación, deforestación, consumo de agua, etc.) en sus sistemas de gestión.
El Consejo dispone ahora de tan solo dos semanas para enviar sus propuestas
Además, la norma contemplaba que la responsabilidad de las empresas fuera no únicamente hacia sus emisiones directas, sino también de todas las que se emiten en su cadena de valor. Es decir, que también debían responsabilizarse de las emisiones de sus socios, teniendo en cuenta los eslabones iniciales de la cadena (producción) y los finales (distribución o reciclado).
Para ello, el texto rechazado ayer por el Consejo integraba normas sobre las obligaciones de las grandes compañías en relación con los efectos adversos, reales y potenciales sobre el medio ambiente y los derechos humanos. Además de establecer sanciones y responsabilidad civil en caso de incumplimiento de dichas obligaciones.
El objetivo de la Directiva de Debida Diligencia, según la UE, era alcanzar una producción más sostenible de bienes y servicios, mejores condiciones para los trabajadores, una inversión más sostenible y mayor transparencia sobre el modo en que se fabrican los productos.
La norma establece que la responsabilidad de las empresas fuera hacia sus emisiones directas y de su cadena de valor
A quién afecta la Directiva
La Directiva de Debida Diligencia impactará en diferentes grados a dos grupos de compañías, las constituidas en la Unión Europea y las constituidas fuera de la Unión Europea, y excluía por el momento a las pymes y microempresas.
Para las empresas constituidas en la Unión Europea, se habían establecido a su vez tres tipos de compañías según su volumen y su actividad. El primero, grandes compañías con más de quinientos empleados de media y un volumen de negocio anual de más de 150 millones de euros. El segundo, empresas matrices de grandes grupos que cumplan con los requisitos anteriores, es decir, más de quinientos empleados y facturación de más de 150 millones de euros. El tercero, empresas con más de 250 empleados de media y un volumen de negocio de más de 40 millones de euros, cuando al menos veinte millones de euros se hayan generado en sectores de alto impacto, como son el textil, el calzado, la alimentación o la minería.
Respecto a las empresas constituidas fuera de la Unión Europea, la Directiva iba a afectar a compañías extranjeras con un volumen de negocio de más de 150 millones de euros en la Unión Europea; empresas matrices de grandes grupos que cumplan con los anteriores umbrales, y compañías extranjeras con un volumen de entre 40 millones y 150 millones de euros en la Unión Europea, cuando al menos veinte millones de euros se hubieran generado en sectores de alto impacto.